Los juzgados existen para ofrecer a los ciudadanos un foro justo y fiable en el que se pueda examinar y resolver una demanda o infracción. Sabemos que la mayoría de la gente no quiere acudir al juzgado, pero el proceso nunca ha sido más fácil que hoy en día y el personal de los juzgados desea ayudarle.
Algunos procesos judiciales son presenciales y otros podrían llevarse a cabo a distancia o virtualmente. Los juzgados usan la palabra “virtual” para indicar que usted no va a estar en la sala del juzgado en persona. Una audiencia a distancia o virtual podría celebrarse por teléfono o por video. Ya sea que usted comparezca en persona o virtualmente, se considera que usted está en la sala del juzgado y se aplican las mismas normas de conducta.
DIRECTORIO DE TRIBUNALES DE AZORDEN ADMINISTRATIVA 2022-88 (RECOMENDACIONES DEL GRUPO DE TRABAJO DE PLAN B) UBICACIONES DE LOS JUZGADOS (JUZGADOS DE PAZ EN EL CONDADO DE MARICOPA)ASISTIR A UNA AUDIENCIA EN UN JUZGADO DE PAZ DEL CONDADO DE MARICOPA
DIRÍJASE A LA SECCIÓN DE VIDEOS
Según las nuevas leyes de Arizona, en una demanda de desalojo, cualquiera de las partes tiene la opción de asistir por teléfono o video en vez de asistir en persona. Se supone que las demandas de desalojo se celebran virtualmente, pero usted también podrá comparecer en persona si así lo desea.
Hay algunos casos en los que según las leyes o normas estatales, las diligencias tienen que ser presenciales. Si la audiencia en su caso está programada como presencial y usted prefiere comparecer virtualmente, avise al juzgado cuanto antes. Pero no todas las audiencias pueden celebrarse virtualmente y es posible que se deniegue su solicitud.
Hay muchos otros tipos de casos en los que también se supone que las audiencias se celebrarán virtualmente, pero no todos. Salvo que se le indique lo contrario, usted debe estar preparado para comparecer a distancia y no en persona durante dichas audiencias. El personal del juzgado le proporcionará la información de acceso virtual si usted les llama por teléfono o manda un correo electrónico 24 horas antes de la audiencia. Si se ha programado una audiencia virtual en su caso y usted desea asistir en persona, puede hacerlo sin tener que pedir permiso al juzgado primero. Nada más asegúrese de presentarse en la ventanilla del vestíbulo 15 minutos antes de la hora programada de la audiencia.
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